Requisitos Migratorios para viajes entre Asunción y Buenos Aires

Más abajo citamos los requisitos Migratorios y de Sanidad para el viaje según el protocolo sanitario establecido por cada país, instamos a que sea leído detenidamente. El incumplimiento de alguno de los requisitos es motivo de negación de embarque, es responsabilidad del pasajero contar con toda la documentación necesaria para el viaje.

RUTA ASUNCIÓN – BUENOS AIRES: Exclusiva para argentinos o residentes.

 1) Documento de Identidad vigente.

2) Completar el formulario “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso y egreso al Territorio Nacional”, disponibles en el sitio oficial de la Dirección Nacional de Migraciones https://ddjj.migraciones.gob.ar/app 48 horas antes del vuelo. Una vez finalizado el proceso, al confirmar el envío de la DDJJ Electrónica, recibirá en su correo electrónico una copia de la misma que se deberá presentar al momento del embarque.

3) Prueba de COVID-19: deberán presentar un resultado negativo de Test de detección de virus SARS CoV-2 por técnica PCR- RT, realizado dentro de las 72 horas previas al ingreso, en un laboratorio debidamente acreditado y habilitado por el MSPBS en Paraguay. La presentación de un Test realizado fuera del tiempo establecido es motivo de negación de embarque.

Menores: Test obligatorio a partir de los 6 años de edad cumplidos.

4) Todas las personas que hubieran viajado al exterior, quedarán exceptuadas de realizar cuarentena, siempre que den cumplimiento a los siguientes requisitos:

a) Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas vacunadas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. Además, deberán contar con el comprobante de su vacunación registrado en la Aplicación Mi Argentina, si la vacunación hubiera sido realizada en la República Argentina. En el caso de quienes se hubieran vacunado en el extranjero, deberán contar con el comprobante validado por el país que efectuó la vacunación.

b) Exhibir el comprobante de vacunación cuando le sea requerido por las autoridades competentes nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales al arribo al país, por los operadores de transporte en el momento del embarque hacia el país, o por la jurisdicción del domicilio del ingresante, o la de tránsito

c) Adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque, deberá realizarse (1) UNA prueba PCR, entre el día quinto y séptimo, computados desde el arribo al país, y cuyos resultados deberán ser negativos. Quienes obtengan resultados positivos deberán permanecer aislados o aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo. El costo de los tests a los que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

5) Las personas que no cuenten con un esquema completo de vacunación realizado con una antelación mayor a 14 (catorce) días al momento de su ingreso al país, incluidas las personas para quienes las vacunas no están hasta el momento autorizadas, deberán:

  • Además de cumplir con el test PCR hasta SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque, deberán realizarse 1 (una) prueba para SARS CoV-2 al arribo al país.
  • Quienes resulten negativo en la prueba realizada al arribo, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los lugares que las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires indiquen al efecto, por el termino de 7 (siete) días o más hasta totalizar los 10 días computados desde que les fuera efectuada la prueba PCR previa a la llegada. Deberán realizarse un nuevo test PCR-RT al 7° (Séptimo) día contado desde su arribo al país, para así poder dar por finalizado su aislamiento en caso de resultar las pruebas diagnósticas negativas.
  • De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento.
  • Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.

6) Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. Debiendo acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 positivo por método PCR-RT y adjuntar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.

7) Solo estarán exceptuados de efectuar la cuarentena en la medida en que cumplan con los protocolos fijados o a fijar por la autoridad sanitaria oportunamente, las siguientes personas:

  • Los diplomáticos y los funcionarios exclusivamente para cumplir una misión oficial autorizados por la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES bajo supervisión del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO o el Ministerio competente.
  • Los deportistas solo en los casos de eventos deportivos debidamente autorizados por la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, con protocolos propuestos por los organizadores, aprobados por la autoridad sanitaria nacional y supervisados por el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE.
  • Los extranjeros no residentes autorizados expresamente por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial.
  • Los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales.

*El incumplimiento de los requisitos es motivo de negación de embarque.

RUTA ASUNCIÓN – BUENOS AIRES: Para extranjeros.

1) Documento de Identidad vigente.

2) A partir del 1° de noviembre de 2021, quedará habilitado el ingreso de las personas extranjeras no residentes. El ingreso al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y al conjunto de requisitos sanitarios que se listan a continuación:

a) Haber completado el esquema de vacunación completo por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

b) Prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso y otro PCR entre el día quinto y séptimo día desde su ingreso al país.

c) Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas que resulten negativas, estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista, debiendo sin embargo realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo, contados desde su llegada al país (en caso que permanezcan por ese tiempo en territorio nacional). Quienes obtengan resultados positivos deberán permanecer aislados o aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.

d) Los menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación, pero que se encuentren en compañía de adultos que cumpliendo con tal condición, podrán ingresar al territorio nacional, debiendo realizar la cuarentena prevista y hacerse un PCR al día 7°.

e) Los extranjeros no residentes que no hayan completado el esquema de vacunación, podrán ingresar al territorio nacional siempre que su ingreso no sea por razones de turismo, previa autorización de la Dirección Nacional de Migraciones, en los términos que establece la normativa vigente, debiendo realizar la cuarentena prevista y hacerse un PCR al día 7 de su llegada al país.

3) Ticket de ida y vuelta.

4) Prueba de COVID-19: deberán acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 por técnica PCR- RT, dentro de las 72 horas previas al ingreso al territorio argentino en un laboratorio debidamente acreditado y habilitado por el MSPBS en Paraguay. La presentación de un Test realizado fuera de fecha o la ausencia del mismo es motivo de negación de embarque.

    a)  Menores: Test obligatorio a partir de los 6 años de edad cumplidos.

7) Los nacionales, residentes, y extranjeros excepcionalmente autorizados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES por los motivos aludidos previamente, que ingresen al territorio nacional, quedarán exceptuados de realizar la cuarentena prevista, siempre que den cumplimiento a los siguientes requisitos:

a) Haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país. Las personas consignarán dicho extremo en la declaración jurada exigida por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.

b) Prueba PCR negativa en origen realizada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas previas al ingreso y test de antígenos al ingresar al país.

c) Las personas vacunadas con esquema completo y testeadas, que resulten negativas, estarán eximidas de realizar la cuarentena prevista, debiendo sin embargo realizarse una prueba PCR entre el día quinto y séptimo, contados desde su llegada al país -en caso que permanezcan por ese tiempo en territorio nacional-.

Las personas que resulten positivos deberán permanecer aisladas en los dispositivos provinciales previstos para ese fin por el término de DIEZ (10) días, o el que resulte mayor según lo defina la provincia en su protocolo.

d) Los menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación, pero que se encuentren en compañía de adultos que – cumpliendo con tal condición – ingresen al país, podrán ingresar al territorio nacional, debiendo realizar la cuarentena prevista.

e) Las personas que deban realizar la cuarentena, deberán realizarse una prueba PCR al séptimo día contado desde su llegada al país, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.

El costo de los tests a los que se ha hecho referencia quedará a cargo de la persona que ingrese al país.

8) Los extranjeros sin residencia en Argentina deberán presentar seguro médico internacional con cobertura de salud completa, que incluya casos de COVID-19: test RT- PCR, estudios laboratoriales, atención ambulatoria, internación, UTI (Presentar documento que lo acredite).

9) Completar el formulario “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso y egreso al Territorio Nacional”, disponibles en el sitio oficial de la Dirección Nacional de Migraciones https://ddjj.migraciones.gob.ar/app 48 horas antes del vuelo. Una vez finalizado el proceso, al confirmar el envío de la DDJJ Electrónica, recibirá en su correo electrónico una copia de la misma que deberá presentar al momento del embarque.

*El incumplimiento de los requisitos es motivo de negación de embarque.

Pasajeros en tránsito en Argentina:

1) Argentina permite el tránsito de ciudadanos extranjeros a otros destinos.

2) Es responsabilidad del pasajero el cumplimiento de los requisitos sanitarios y de documentación para el ingreso a la ciudad de su destino final.

3) Como máximo se permiten 23 horas de tránsito en el aeropuerto de Ezeiza.

RUTA BUENOS AIRES – ASUNCIÓN: Para nacionales y residentes extranjeros en Paraguay.

  1. Documento de Identidad
  2. OBLIGATORIO: Todas las personas mayores de 12 años cumplidos que ingresen al país y que estén vacunados con el esquema completo contra la COVID-19, deberán presentar un test (Técnica de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizado en un tiempo no superior a las 72 horas del ingreso o un test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque. Deberán acreditar que fueron vacunados con un certificado o tarjeta de vacunación emitida por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados los que hayan cumplido 14 días de la última dosis del esquema completo. Menores de 10 años, podrán ingresar al país sin necesidad de presentación del test.
  3. OBLIGATORIO: Todas las personas mayores de 12 años cumplidos que ingresen al país y que no estén vacunados contra la COVID-19, deberán presentar un test (Técnica de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizado en un tiempo no superior a las 72 horas del ingreso o un test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque.
  4. Completar 24 horas antes de la salida del vuelo, de forma electrónica la ficha de Declaración de Salud del Viajero y la Declaración jurada de responsabilidad en el siguiente link http://dgvs.mspbs.gov.py/webdgvs/views/paginas/vista_viajeros_nor.html . Deberán anexar el resultado negativo del test. Cuando finalice el proceso obtendrá un código QR y un numero de confirmación, esta información deberá guardarla y tenerla disponible al momento del check in.
  5. Completar el formulario “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso y egreso al Territorio Nacional”, disponibles en el sitio oficial de la Dirección Nacional de Migraciones https://ddjj.migraciones.gob.ar/app 48 horas antes del vuelo. Una vez finalizado el proceso, al confirmar el envío de la DDJJ Electrónica, recibirá en su correo electrónico una copia de la misma que se deberá presentar al momento del embarque.
  6. Todos los viajeros mayores de 12 años cumplidos vacunados y no vacunados, nacionales y residentes extranjeros, al completar 5 días en el país, a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT-PCR o test de antígeno presentada al ingreso al país, deberá realizarse otro test RT-PCR en el día 5 (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra) en un laboratorio público o privado autorizado por el Laboratorio Central de Salud Pública. Los que ya tuvieron la enfermedad deben realizarse el test RT-PCR en el día 5, a contar desde el ingreso al país.
  7. Todos los viajeros nacionales, extranjeros y residentes extranjeros mayores de 12 años cumplidos que no estén vacunados con esquema completo de vacuna contra la COVID-19, a pesar de presentar un test ARN, RT-PCR / LAMP / NAAT con resultado negativo, deberán cumplir un aislamiento preventivo en territorio nacional en su domicilio, hotel o donde fije residencia a fin de completar 5 días a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT PCR presentada al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra) y deberá realizarse otro test RT-PCR en el día 5 en un laboratorio público o privado autorizado por el Laboratorio Central de Salud Pública. En caso de ser positivo guardará aislamiento por 7 días más y en caso de ser negativo podrá salir de su aislamiento. Los laboratorios deberán enviar las muestras de los casos positivos en el día 5 al Laboratorio Central de Salud Pública según los procedimientos de la vigilancia genómica.
  8. El Ministerio de Salud solicita que al arribo al territorio paraguayo el pasajero cambie su mascarilla, motivo por el cual deberá de traer dos o más consigo durante el viaje aéreo.
  9. Las personas que hayan presentado la enfermedad COVID-19 desde los 14 y hasta los 90 días previos del ingreso al país, deberán acreditar dicha situación mediante resultados laboratoriales, técnicas de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT o prueba de antígeno No será necesaria la presentación de un nuevo test ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT negativo al ingreso al país.
  10. Los nacionales o extranjeros residentes en nuestro país que hayan visitado Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola, en las últimas dos semanas antes del ingreso al Paraguay, deberán guardar aislamiento preventivo en su domicilio, hotel o lugar donde fije residencia, durante los 10 días siguientes a su arribo. Deberán además presentar una prueba laboratorial al ingreso (técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP / NAAT) con resultado negativo realizado en un tiempo no superior a las 72 horas. Se realizarán además un nuevo test RT-PCR en el día 5, a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT-PCR presentada al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra), qué será enviado para secuenciación genómica al Laboratorio Central de Salud Pública.
  • Asimismo, será monitoreado telefónicamente su condición de salud por un Equipo de Respuesta Rápida del sistema de vigilancia del MSP y BS, a nivel de regiones sanitarias y DGVS.

*El incumplimiento de los requisitos es motivo de negación de embarque.

RUTA BUENOS AIRES – ASUNCIÓN: Para ciudadanos extranjeros.

  1. Documento de Identidad
  2. OBLIGATORIO: Todas las personas mayores de 12 años cumplidos que ingresen al país y que estén vacunados con el esquema completo contra la COVID-19, deberán presentar un test (Técnica de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizado en un tiempo no superior a las 72 horas del ingreso o un test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque. Deberán acreditar que fueron vacunados con un certificado o tarjeta de vacunación emitida por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados los que hayan cumplido 14 días de la última dosis del esquema completo. Menores de 10 años, podrán ingresar al país sin necesidad de presentación del test.
  3. OBLIGATORIO: Todas las personas mayores de 12 años cumplidos que ingresen al país y que no estén vacunados contra la COVID-19, deberán presentar un test (Técnica de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizado en un tiempo no superior a las 72 horas del ingreso o un test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque.
  4. Completar 24 horas antes de la salida del vuelo, de forma electrónica la ficha de Declaración de Salud del Viajero y la Declaración jurada de responsabilidad en el siguiente link http://dgvs.mspbs.gov.py/webdgvs/views/paginas/vista_viajeros_nor.html . Deberán anexar el resultado negativo del test. Cuando finalice el proceso obtendrá un código QR y un numero de confirmación, esta información deberá guardarla y tenerla disponible al momento del check in.
  5. Completar el formulario “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso y egreso al Territorio Nacional”, disponibles en el sitio oficial de la Dirección Nacional de Migraciones https://ddjj.migraciones.gob.ar/app 48 horas antes del vuelo. Una vez finalizado el proceso, al confirmar el envío de la DDJJ Electrónica, recibirá en su correo electrónico una copia de la misma que se deberá presentar al momento del embarque.
  6. Todos los viajeros que arriben al país, mayores de 12 años cumplidos, vacunados y no vacunados, deberán realizarse otro test RT-PCR en el día 5, a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT-PCR o test de antígeno presentada al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra) en un laboratorio público o privado autorizado por el Laboratorio Central de Salud Pública. Los que ya tuvieron la enfermedad deben realizarse el test RT-PCR en el día 5, a contar desde el ingreso al país. Quedan exceptuados de realizar el test RT-PCR, los viajeros procedentes de países miembros del MERCOSUR y Países asociados a Paraguay (Chile, Ecuador, Colombia, Perú, Guyana y Surinam).
  7. Todos los viajeros nacionales, extranjeros y residentes extranjeros mayores de 12 años cumplidos que no estén vacunados con esquema completo de vacuna contra la COVID-19, a pesar de presentar un test ARN, RT-PCR / LAMP / NAAT con resultado negativo, deberán cumplir un aislamiento preventivo en territorio nacional en su domicilio, hotel o donde fije residencia a fin de completar 5 días a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba RT PCR presentada al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra) y deberá realizarse otro test RT-PCR en el día 5 en un laboratorio público o privado autorizado por el Laboratorio Central de Salud Pública. En caso de ser positivo guardará aislamiento por 7 días más y en caso de ser negativo podrá salir de su aislamiento. Los laboratorios deberán enviar las muestras de los casos positivos en el día 5 al Laboratorio Central de Salud Pública según los procedimientos de la vigilancia genómica.
  8. El Ministerio de Salud solicita que al arribo al territorio paraguayo el pasajero cambie su mascarilla, motivo por el cual deberá de traer dos o más consigo durante el viaje aéreo.
  9. Las personas que hayan presentado la enfermedad COVID-19 desde los 14 y hasta los 90 días previos del ingreso al país, deberán acreditar dicha situación mediante resultados laboratoriales, técnicas de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT y prueba de antígeno positivo. No será necesaria la presentación de un nuevo test ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT negativo al ingreso al país.
  10. Restricciones Especiales Transitorias: No será permitida la entrada de extranjeros no residentes en Paraguay que hayan visitado en las últimas dos semanas: Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola. Se trata de una medida temporal a modificar según disponibilidad de nuevas evidencias y situación epidemiológica de Paraguay, en cuanto a VOC Ómicron.
  11. PROTOCOLO SANITARIO PARA INGRESO AL PAIS DE EXTRANJEROS INVERSIONISTAS, TÉCNICOS ESPECIALIZADOS, CAUSAS HUMANITARIAS, MISIONES DIPLOMÁTICAS Y OTROS CASOS ESPECIALES procedentes de Sudáfrica, Botsuana, Lesoto, Eswatini, Zimbabue, Namibia, Malawi, Mozambique, Zambia y Angola, que requieren ingresar al país por un tiempo de hasta 5 (cinco) días:

a) El pasajero deberá solicitar autorización para ingresar al país en lo posible con 72 horas de antelación al Centro de Coordinación Interinstitucional (CCI) por medio del correo electrónico: codenapy2@outlook.com o al número de teléfono +595 981 813573. El ingreso será autorizado por el Centro de Coordinación Interinstitucional (CCI) en coordinación con la Dirección de Vigilancia y Control de Fronteras.

En caso de que la permanencia se extienda por un tiempo mayor deberá ser autorizado por el CCI, con una comunicación previa de 72 horas a la dirección de correo proveída o al número de WhatsApp indicado. Las organizaciones, empresas, instituciones públicas y privadas o las personas en forma independientes que sean beneficiarias de esta modalidad serán responsables del cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo.

b) Las empresas o personas que tenga la intención de ingresar al país por las razones previamente enunciadas, deberán presentar una solicitud al Centro de Coordinación Interinstitucional que incluya: Datos personales, motivo de viaje, tiempo de estadía en el país (fecha de retorno al país de origen), reserva de hotel, dirección de residencia durante la estadía en el país, número telefónico de contacto responsable (entidad contratante), tipo de transporte en los trasladados en el territorio nacional, informe sobre presencia de una enfermedad de base, certificación de cobertura de seguro médico internacional, nombre de la empresa o institución beneficiaria (en caso de una asistencia especializada), y el cronograma tentativo de actividades y lugares en las que se desarrollaran dichas actividades que motivan el viaje.

c) Deberán presentar el permiso tramitado ante el CCI para el respectivo embarque.

d) Deberán presentar certificado de vacunación contra la COVID-19 con esquema completo, emitido por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados lo que hayan cumplido 14 días de la aplicación de la última dosis del esquema completo.

e) Acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 por técnica PCR-RTno mayor a 72 horas previas al ingreso al país, en un laboratorio acreditado y habilitaron el país de origen o tránsito. Entregarán este documento al funcionario del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social apostado en el aeropuerto. No se aceptarán pruebas por antígenos o anticuerpos.

f) Todas las personas que hayan presentado la enfermedad desde los 14 y hasta los 90 días previos al ingreso al país, deberán acreditar mediante resultados laboratoriales (ARN: RT-PCR, LAMP, NAAT) y deberá presentar otro resultado donde indique que haya negativizado.

g) Completar 24 horas antes de la salida del vuelo, de forma electrónica la ficha de Declaración de Salud del Viajero y la Declaración jurada de responsabilidad en el siguiente link http://dgvs.mspbs.gov.py/webdgvs/views/paginas/vista_viajeros_nor.html . Deberán anexar el resultado negativo del test. Cuando finalice el proceso obtendrá un código QR y un número de confirmación, esta información deberá guardarla y tenerla disponible al momento del check in.

h) Presentar un seguro médico internacional para COVID-19.

Pasajeros en tránsito en Asunción:

Los pasajeros en tránsito vía Asunción podrán permanecer en el aeropuerto por un periodo máximo de 24 horas, cuando exista un convenio entre aerolíneas.

Todos los pasajeros en tránsito vía Asunción que no estén vacunados contra la COVID-19 y cuando no exista convenio entre las aerolíneas, podrán permanecer en el aeropuerto por un periodo máximo de 24 horas, mediante un permiso de permanencia a ser otorgado por migraciones. De manera a obtener dicho permiso, deberán presentar su itinerario de conexión, así como también, un test (Técnica de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo, realizado en un tiempo no superior a las 72 horas del ingreso o un test de antígeno negativo realizado en un tiempo no mayor a 24 horas del embarque.

Los pasajeros en tránsito vía Asunción que no estén vacunados contra la COVID-19 y cuya conexión supere las 24 horas, no serán embarcados en el punto de origen.

Todos los pasajeros en tránsito que estén vacunados con el esquema completo contra la COVID-19, no requerirán de un permiso para permanecer en tránsito. Deberán acreditar que fueron vacunados con un certificado o tarjeta de vacunación emitida por la autoridad sanitaria del país de procedencia. Son considerados completamente vacunados los que hayan cumplido 14 días de la última dosis del esquema completo.

 

*El incumplimiento de los requisitos es motivo de negación de embarque.